Una por una, todas las actividades exceptuadas a partir del lunes en 22 provincias

A través de la Decisión Administrativa  524/2020, con la firma del jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Salud Ginés González García, a partir de mañana quedarán exceptuadas once nuevas actividades – entre ellas consultas médicas y odontológicas –  que podrán realizarse de acuerdo a protocolos específicos, como turnos o sólo servicio a domicilio. La disposición  tendrán vigencia en 22 provincias argentinas de acuerdo al pedido realizado por sus gobernadores, con excepción de Tucumán y Santiago del Estero que no solicitaron el permiso.

Esta es la lista:

  •  Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos, como Rapipago o Pagofácil (ver esta página )
  •  Oficinas de rentas de provincias, municipios y de CABA, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  •  Registros nacionales y provinciales, como los de Automotor o de la Propiedad Inmueble, con turnos y guardias mínimas.
  •  Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios podrán abrir sus puertas al público.
  •  Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  •  Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  •  Ópticas, con sistema de turno previo.
  •  Actividad de peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos.
  •  Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
  •  Producción para la exportación, siempre con autorización previa del ministerio de Desarrollo Productivo.
  •  Procesos industriales específicos, con la autorización del ministerio de Desarrollo Productivo.                  La resolución destalla que tanto los gobernadores como el jefe de gobierno porteño podrán dejar sin efecto la excepción para sus territorios, lo mismo que el jefe de Gabinete a nivel nacional.

Fuente: Página 12 / La Nación

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